Custodia de un menor para sus abuelos en vez de para su padre.

Empezamos el año con una noticia de la que se ha hecho eco la prensa regional. La sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que otorga la custodia de un menor a sus abuelos maternos en vez de a su padre tras el fallecimiento de la madre del menor.
Enlace a la noticia en la Web de La Nueva España. https://www.lne.es/aviles/2025/01/03/juez-niega-custodia-menor-padre-113076412.html

Sin duda ésta ha sido una de las mayores satisfacciones del reciente finalizado año 2024.

Fallecida la progenitora custodia, los abuelos maternos solicitan la atribución de guarda y custodia del hijo menor de edad de su hija fallecida. Las relaciones de los progenitores siempre habían sido conflictivas, habiendo sido condenado el progenitor por un delito de violencia de género. Los abuelos especialmente unidos al menor se habían ocupado del mismo desde antes del fallecimiento de la madre.

Un caso muy parecido a otro que se resolvía a pocos kilómetros en el Juzgado de Tineo, que fue portada en el diario El Mundo el 11 de diciembre del mismo año con este titular La justicia da la custodia de un menor a un maltratador, tras la muerte de la madre, pero con un resultado muy diferente.

En Cangas del Narcea nos dio la razón mientras que en Tineo otorgaban la custodia al padre.

Aunque la sentencia dictada por la jueza de Cangas del Narcea fue recurrida por el padre, finalmente la Audiencia Provincial ratificó íntegramente el fallo de ésta, atribuyéndose la guarda y custodia a los abuelos maternos.

Tremendamente orgullosa de este caso y de conseguir que los juzgados reconocieran la voluntad del menor, la de la familia materna y la última voluntad de la progenitora difunta.

Si estás interesado en que revisemos cualquier caso no dudes en ponerte en contacto conmigo.